¿Hay legalidad en los 10 disparos que mataron al agresor de la DNVT?

EGO23 enero, 2020

En la cronología de la violencia en el país los ataques los ataques motivados por un evento cotidiano como no ceder el paso, acabar con la tolerancia cuando muchos choferes de buses, cobradores y taxistas cometen infinidad de falta que ponen en riesgo a muchas personas, son situaciones que terminan en violencia y ahora están ocurriendo en el país con una peligrosa continuidad.

Uno de los primeros de este año, ocurrió el seis de enero, fue en el hospital Mario Catarino Rivas de San Pedro Sula, Johny Alexander Chávez (38) le arrebató el arma a un guardia y disparó hiriendo a tres personas. En el hecho resultaron tres personas heridas. Chávez fue remitido a un hospital psiquiátrico por orden de un juez porque no está «en condición estable de su salud mental», según indicó un dictamen forense.

El segundo ocurrió el 7 de enero en las instalaciones de la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT) en la colonia San Ángel, Tegucigalpa. El agresor, Ángel Salvador Ortiz Almendárez de 27 años de edad, entró a las oficinas armado con un cuchillo y tomó de rehén Dazari Cálix Amaya, agente de policía asignada a esa dependencia exigiéndole que leyera una carta de peticiones, las que eran políticas y religiosas, según las declaraciones del vocero de la Policía, Jair Meza. Dazari Cálix Amaya resultó herida no de gravedad y fue trasladada al Hospital Militar para su recuperación.

“Nunca os conocí la autoridad corrupta. No todo el que dice Señor, Señor, entrará en el reino de paz, sino el que hace la voluntad de mi Padre que está en el cielo”. Fragmentos de la carta que Ángel Salvador Ortiz Almendárez.

Ortiz Almendarez recibió alrededor de diez impactos de bala cuando al fin fue reducido a la impotencia, luego de intentar negociar con él durante casi una hora. Diez balazos, «según la ley diez tiros legales».

“Muchos me dirán en aquel día, Señor, Señor, y proteger en tu nombre y en tu nombre, hemos hecho servir, golpear, servir y golpear, en tu nombre y golpeamos al inocente y entonces les declararé, nunca os conocí apartaos de mi autoridad perezosa”.

Fragmento de la carta que Ángel Salvador Ortiz Almendárez.

Foto: cortesía.

Según información oficial, un equipo especial de la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC) ya fue asignado para trabajar lo relacionado a la muerte de Almendarez. Lograr determinar las causas por la que Almendarez hizo lo que hizo será un tema complejo de analizar y determinar, pero con la ayuda de los videos de seguridad se podrá, -según información oficial- determinar el por qué este ciudadano actuó de esa manera.

“Nunca os conocí la autoridad corrupta”.
Fragmento de la carta que Ángel Salvador Ortiz Almendárez.

Pero, un tema que surge de esta acción también es: ¿está la Policía Nacional preparada para manejar estos casos?

La Normativa y Práctica de los Derechos Humanos para la Policía. Un manual ampliado de derechos humanos para la policía. Es un documento elaborado en 2003 por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y en la introducción detalla:

“La presente guía se ha concebido como obra de consulta de bolsillo y de fácil manejo para agentes de policía. El texto está dividido en temas de dere-chos humanos de especial interés para la policía, como las investigaciones, la detención, la detención policial y el uso de la fuerza”.

En el apartado: Uso de la Fuerza y de Armas de Fuego se clasifican las situaciones en las que se podría usar la fuerza, letal y no, uno de los apartados -el segundo- específica que “En primer lugar debe recurrirse a medios no violentos.” Y que “Se utilizará la fuerza sólo cuando sea estricta-mente necesario.” También “El uso de la fuerza será siempre proporcional a los objetivos lícitos.” “La fuerza se utilizará siempre con moderación.” “Se reducirán al mínimo los daños y las lesiones.”

Como apartado dentro de las normas aparece: Circunstancias admisibles para el uso de armas de fuego, aquí se detalla que las armas de fuego “se utilizarán solamente en circunstancias extremas”.

“Las armas de fuego se utilizarán solamente en defensa propia o en defensa de otros en caso de amenaza inminente de muerte o de lesiones graves”. o bien “Para evitar un delito particularmente grave que entrañe un serio peligro para la vida”.

En el apartado: Circunstancias admisibles para el uso de armas de fuego, se dice que “El uso de la fuerza y de armas de fuego con la intención de causar la muerte se permitirá solamente cuando sea estrictamente inevitable para proteger la vida de una persona”.

Si la Policía Nacional actuó de acuerdo al manual, actuó de forma correcta, pero se tendrá que determinar que ocurrió durante esa hora y cómo fue el proceso de negociación, si hubo un experto negociando con Almendarez o si fue una improvisación de los agentes que trataron de impedir la muerte de una compañera.

Versiones

Existen diversas versiones, no confirmadas por la oficialidad relacionadas el origiren de la acción de  la muerte a balazos de Ángel Ortiz, que ya están en investigación por las autoridades competentes. Una de las versiones que se manejan es que el ahora occiso había sido objeto de una esquela por haber cometido una infracción, por lo que fue a la DNVT adonde se encontró con la agente, con quien habría tenido una discusión. En medio de los reclamos, al parecer la víctima le respondió a la agente que no era su pariente para que lo tratara de esa manera. Fue en ese momento que Ángel Ortiz sacó un cuchillo que portaba y la obligó a que se hincara y la amenazaba con quitarle la vida.

Se especula que Almendarez llevaba el cuchillo y que fue una acción premeditada, pero solo la investigación del Ministero Público podrá esclarecer en parte lo que ocurrió y cómo ocurrió.

El hecho es confuso porque está restringido a las personas que estaba dentro de las oficinas en ese momento y a un video de las cámaras de seguridad del lugar, pero lo ocurrido es un misterio de la Ley de Secretividad.

Sobre el caso y el video, Ariel Díaz, del Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos CIPRODEH considera que:

«No se relata detalladamente los hechos y dejan vacíos para dar un opinión profunda. Sin embargo, opino que debieron haberse hecho uso de medios disuasivos por lo menos diálogo con el sospechoso. Tambien, la policía debe contar con armas no letales que pudieron haberse usado. Esto denota: falta de capacitación y entrenamiento de los agentes, falta de estrategias y protocolos de seguridad, falta de investigación y sanción».

Mientras tanto, Jair Meza, comisionado de la Policía Nacional declaró a El Pulso que disparar fue la última instancia, luego de estar dialogando casi una hora para desistir las amezanas a Cálix, pero los agentes a ver que la hirió se procedió a disparar.

Consultado sobre si hubo en el lugar un experto en negociación para mediar, Meza dijo que en el lugar hubo «gente que está asignada a la dirección y tiene conocimiento del tema» (…) «el 100 por ciento de los oficiales que egresan de la Academia Nacional de Policía tienen conocimiento y expertis en prestar este tipo de apoyo».

La actuación de los policías, dice Meza se justificó porque estaba en peligro la vida de una tercera persona la agente Cálix, quien recibió dos heridas por lo que los agentes actuaron usando sus armas de fuego.

Ante la consulta de una alternativa de usar la fuerza de arma de fuego de manera mortal, Meza contestó que debido a la situación del agresor y de la víctima son decisiones que se toman en el momento y «creemos que fue a acertada», pero queda en manos de la investigación del Ministerio Público determinar si el procedimiento fue el correcto o no.

Los restos de Ángel Salvador Ortiz Almendárez fueron enterrados en Olancho. La verdad de lo ocurrido es probable que nunca se conozca.

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