Blindados y sin reformas trascendentales, Congreso Nacional aprueba Ley Electoral

ABarahona26 mayo, 2021

TEGUCIGALPA, Honduras 

Con la aprobación de la mayoría de parlamentarios, el Congreso Nacional aprobó la nueva normativa electoral de cara a los comicios del 28 de noviembre sin que contemple reformas electorales trascendentales como la regulación de la reelección y la segunda vuelta.

Conformada por 333 artículos, un total de 104 legisladores votaron por la aprobación de la nueva Ley Electoral mientras que seis se mostraron en contra y tres se abstuvieron.

Los cambios significativos que establece el nuevo reglamento está la conformación de las mesas electorales, ahora Justas Electorales Receptoras, integrada por cinco miembros, siendo los partidos Nacional, Liberal y Libertad y Refundación (Libre) quienes tendrán representantes fijos y las restantes fuerzas políticas se rotarán en dos cargos.

Sin embargo, en las juntas electorales donde no tengan representación, se creó la figura de delegados observadores por parte de los partidos políticos que no conformen la mesa electoral.

Además, se eliminó la entrega masiva de credenciales a los partidos minoritarios; para las fuerzas mayoritarias evitará el negocio de venta y compra de las mismas.

También se redujo la deuda política por lo que ahora los partidos minoritarios no recibirán un porcentaje fijo del partido que obtenga más votos en las elecciones, sino que recibirán el valor por cada voto obtenido, aunque podrán acceder a fondos para fortalecer sus entidades, pero deberán liquidar los recursos recibidos.

Para registrarse en las elecciones generales, los partidos deben de presentar las planillas de al menos 14 departamentos y de 200 municipios; aquellos partidos minoritarios que acudan a primarias, la cantidad requerida será de 10 departamentos y 150 municipios.

El CNE deberá establecer un sistema de Trasmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP) para generar confianza la noche de las elecciones y evitar la incertidumbre como aconteció en los comicios de marzo anterior.

BLINDADOS. El artículo 312 establece que las actuaciones judiciales contra cualquier candidato a elección popular desde la fecha de su inscripción hasta la declaratoria oficial de las elecciones respectivas, no surten efecto para ser inhabilitado salvo tenga sentencia firme condenatoria.

Cualquier candidato, aunque tenga procesos judiciales en su contra, podrá aspirar al cargo al que se postula siempre y cuando no sea vencido en juicio, según los parlamentarios, para garantizar “el principio de inocencia”.

“Es de sentido común, usted puede tener una acusación pero usted es inocente, aunque no haya sentencia condenatoria, la presunción de inocencia es un derecho universal porque si yo pongo una denuncia y con una simple denuncia lo van a inhabilitar, todo mundo va a inhabilitar a todo mundo”, detalló el diputado oficialista, Antonio Rivera Callejas.

NUEVA LEY ELECTORAL, MÁS DE LO MISMO. El analista y exfiscal general, Edmundo Orellana, sostuvo que nueva normativa es una copia de la ley actual que no garantizará credibilidad ni trasparencia en los próximos comicios.

“El proyecto de Ley Electoral consensuado por los partidos no propicia la modernización del proceso ni garantiza la transparencia en el escrutinio, porque en un 98 por ciento se repite la ley actual y porque los partidos seguirán manipulando los resultados mediante sus activistas en las mesas electorales”, señaló.

La nueva legislación no contempló reformas profundas como la segunda vuelta electoral, ni la ciudadanización de las mesas electorales para terminar con la entrega de credenciales, ni tampoco regula o anula la reelección presidencial.

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