TEGUCIGALPA, Honduras
El diputado del Partido Liberal Mauricio Villeda presentó una iniciativa de ley para reformar el Código de Trabajo que permita que el patrono y el empleado pacten contratos individuales de trabajo.
Precisó que «se debe reformar el artículo 328 del título cuatro, capítulo 1 del decreto 189-59, contentivo del Código General del Trabajo».
Expresó que «los trabajadores permanentes que por disposición legal o por acuerdo con los patronos laboren menos de 44 horas a la semana tienen derecho de percibir íntegro el salario correspondiente a la semana ordinaria diurna».
Agregó que «en el mismo inciso el patrono y el trabajador podrán suscribir contratos individuales de trabajo en donde se pacte remuneración por las horas de servicio trabajado».
Dijo que «para efecto del pago del décimo tercer mes de salario en concepto de aguinaldo y decimocuarto mes en concepto de compensación social y vacaciones, se pagarán en base al salario promedio devengado en los últimos seis meses».
Por otro lado el legislador proyectista recordó que la iniciativa de ley implica una reforma al Código del Trabajo y que en el mismo se contempla una opinión de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) el cual deberá conocer el Congreso Nacional.
Apuntó que «nuestro partido ha presentado un proyecto de decreto para volver al empleo por hora dentro de los parámetros del Código de Trabajo y de la Constitución».
Al respecto el asesor legal del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep) Gustavo Solórzano dijo que «vemos como una propuesta muy positiva».
Añadió que «la propuesta podría generar mucho empleos y oportunidades para jóvenes y personas mayores y que estén buscando una oportunidad a tiempo parcial».
Manifestó que «esta iniciativa permite darle una oportunidad a aquellas personas que estudian y trabajan a que puedan emplearse por medio tiempo, y que de esta manera puedan desarrollar estas actividades con la garantía de que van a ser empleados permanentes».
Afirmó que «el hecho que se vinculen a un trabajo a ocho a doce o en otra jornada distinta les va a garantizar a ellos que van a tener permanencia en el puesto de trabajo lo que implica el pago del décimo tercero y décimo cuarto, además del pago de las vacaciones, inscripción del seguro social y pago del séptimo día».
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