Colegio Médico lleva a la Sala Constitucional la Ley de Reactivación Económica

Redacción El Pulso15 octubre, 2026

TEGUCIGALPA, Honduras 

El Colegio Médico de Honduras (CMH) presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Reactivación Económica y Desarrollo Humano ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Con este paso, el conflicto entre el gremio y el Gobierno, que hasta ahora se centraba en salarios atrasados y asambleas informativas, llega también a los tribunales.

El recurso lo presentó la junta directiva encabezada por su presidente, Samuel Santos. Según el gremio, la ley ha servido de base para despedir a médicos de distintas instituciones del Estado, entre ellas el Sistema Nacional de Emergencias 911, la Comisión Permanente de Contingencias (Copeco), la Secretaría de Educación y la Secretaría de Trabajo. El Colegio advierte además que podría haber más despidos.

Santos explicó que actúan en representación de los profesionales que acudieron al Colegio y le otorgaron un poder para defender sus derechos. «Esperamos la independencia del Poder Judicial», dijo, y pidió que «se le haga justicia a los médicos de Honduras».

También sostuvo que los funcionarios que hayan despedido médicos por error o descuido deberían responder ante la justicia.

El Congreso Nacional aprobó la normativa, identificada como Decreto 17-2026, el 25 de febrero de este año con 90 votos. Fue una de las primeras grandes apuestas legislativas del gobierno de Nasry Asfura.

La ley declara de interés nacional la racionalización del gasto público y habilita medidas fiscales y financieras extraordinarias y temporales para ordenar las finanzas del Estado.

Su artículo 3, uno de los más discutidos, permite al Poder Ejecutivo suprimir, fusionar o reducir instituciones públicas centralizadas y desconcentradas mientras la ley esté vigente.

También autoriza recortes forzosos de personal, tanto permanente como por contrato, por razones presupuestarias o de reorganización administrativa.

Además, faculta a los titulares de las instituciones para revisar nombramientos, contratos y concesiones hechos antes de su entrada en vigor y anularlos o rescindirlos si no cumplieron los requisitos legales o no tenían respaldo presupuestario.

La ley también cambia la forma en que el Estado responde a las demandas en su contra. Los embargos deben notificarse directamente a la Tesorería General y a la institución condenada.

El pago de sentencias queda sujeto a la disponibilidad presupuestaria y no puede afectar el servicio de la deuda, los salarios ni el funcionamiento de las instituciones. Por último, la Procuraduría General de la República recibe facultades para conciliar y negociar acuerdos con los demandantes.

Entre las primeras dependencias suprimidas al amparo de la ley estuvieron Sedecoas, Convivienda y la Secretaría de Planificación Estratégica.

El del Colegio Médico no es el primer intento de llevar la ley ante la Sala Constitucional. En marzo, apenas días después de su publicación, un grupo de ciudadanos y abogados presentó otro recurso contra los artículos 4, 6 y 9.

Argumentaron que esos artículos chocan con la Constitución y con compromisos internacionales asumidos por el país. Sus promotores aclararon entonces que no buscaban confrontar al Gobierno sino «corregir» disposiciones que consideraban incompatibles con la Carta Magna.

En junio, un grupo de especialistas en derecho laboral impugnó cuatro normas a la vez, entre ellas la Ley de Reactivación Económica. Según ellos, en conjunto «blindan» al Estado frente a las sentencias judiciales.

Advirtieron que, con las nuevas reglas, el cumplimiento de un fallo podría tardar hasta diez años y que el Estado se vuelve, en la práctica, inembargable.

Desde su aprobación, la ley ha dividido opiniones. Parte de las bancadas de Libre y del Partido Liberal votó en contra. Algunos diputados señalaron que no prohíbe contratar personal nuevo en las plazas suprimidas y que le da al Ejecutivo un margen de discrecionalidad excesivo.

Organizaciones de DDHH advirtieron que podría chocar con la independencia de los poderes del Estado y limitar el acceso a la justicia de los empleados despedidos. Un exsubsecretario de Finanzas la calificó como un «cheque en blanco» para el Ejecutivo.

El Gobierno la ha defendido como una herramienta necesaria para ordenar el gasto público y contener las demandas millonarias contra el Estado. A mediados de año, la Procuraduría General afirmó que, gracias a los mecanismos de conciliación de la ley, el Estado ha logrado reducir en cerca de la mitad el costo de las indemnizaciones que enfrenta, y en algunos casos hasta un 70 por ciento.

Según la Procuraduría, todas las instituciones públicas ya trabajan con estos procesos durante los dos años de vigencia de la norma.

El recurso llega en el peor momento de la relación entre el gremio y el Gobierno. Las asambleas informativas en hospitales y centros de salud ya cumplen 39 días, con miles de consultas y cirugías suspendidas.

La Secretaría de Trabajo ha advertido sobre posibles acciones legales si la paralización continúa y el Gobierno fijó este viernes como plazo para avanzar en el pago de los salarios pendientes.

La decisión ahora queda en manos de la Sala Constitucional, que deberá admitir el recurso y pronunciarse sobre el fondo. No hay plazo previsible para una resolución.

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