¿Una EEH 2.0?: La ENEE tercerizará el servicio de distribución a través de otra empresa privada

Redacción El Pulso17 octubre, 2023

TEGUCIGALPA, Honduras 

A pesar que las actuales autoridades celebraron la salida del consorcio de capital colombiano Empresa Energía Honduras (EEH), ahora buscan crear una suerte de proveedor privado del servicio de distribución, por lo que se incumpliría la promesa de que la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) lo retomaría y que implicaría un considerable ahorro en beneficio del tesoro público.

En teoría, el hecho de que finalizara el contrato a EEH sin ser renovado, la estatal asumiría el monopolio en la distribución, lo que deja en evidencia que no hubo una preparación previa para retomar el servicio, por lo que las autoridades se ven obligadas a volver a tercerizar este proceso.

Al respecto, la Unidad Técnica de Control de Distribución y Flujo Financiero (UTCD), entidad que asumió las actividades del consorcio, mandó a elaborar la solicitud de oferta UTCD-ENEE No: UTCD-GC-2023-
09-005 sobre condiciones específicas de contratación (CEC) proyecto cuadrillas para atención de órdenes de servicio de corte y reconexión, atención de PQR liviana para la Unidad Técnica de Control de Distribución UTCD-ENEE para la contratación de mano de obra para la «atención de órdenes de servicio peticiones, quejas y reclamos (PQR) de los usuarios que tengan que ver con actividades de tipo Inspección y las actividades de suspensión corte y reconexión (SCR)».

De acuerdo a un extenso documento obtenido por El Pulso el plazo de «ejecución del contrato será de 1 año a partir de la fecha de acta de inicio» y el alcance «del trabajo cubrirá todas las actividades de Inspección de clientes de Medida Directa, Indirecta y semidirecta, Tomas de Relectura, Inspección PQR y Bajas o desconexiones del suministro de los usuarios enmarcadas en la atención de PQR y la resolución de órdenes de SCR; todo esto acompañado de un sistema de gestión de actualización de la información; así como los equipos, vehículos, herramientas y líneas celulares móviles, necesarios para la prestación de un servicio oportuno, de alta calidad y efectivo. El área de cobertura del objeto de este proceso es todo el territorio del sector asignado nacional de la República de Honduras, exceptuando Islas de la Bahía y Gracias a Dios».


Una de las fuentes a las que consultó este periódico comentó que la estatal eléctrica «no se prepararon para hacer la transición bien y ahora ocupan una empresa que les maneje todo eso porque la ENEE no tiene capacidad, no porque no pueda, sino porque no quieren».


Asimismo, sostuvo que los organismos financieros internacionales buscan partirla, tal como pretendió hacer el gobierno anterior cuando se aprobó en 2014 la Ley General de la Industria Eléctrica (derogada por el actual Congreso) cuando se ordenó que la estatal debía tener tres empresas independientes entre sí en distribución, generación y transmisión.

La fuente, quien optó por no dar su nombre, insistió que el servicio de distribución tiene la mayor parte de perdidas en su historia y ronda cerca de los 40 puntos, cuando la EEH fue contratada para reducirlas a la menor expresión, pero subió durante los siete años que duró el contrato de concesión.

En cuanto a la contratación de esa empresa, según el documento que consta más de 60 páginas y que fue revisado meticulosamente por El Pulso, se especifica que «para cada una de las actividades se asegurará el cumplimiento de los indicadores que le sean aplicables, basados en las resoluciones emitidas por la Comisión
Reguladora de Energía Eléctrica (CREE)».


«Las actividades de los servicios del objeto de la contratación -prosigue- se harán cumpliendo con las normas y especificaciones de construcción, montaje y enlace vigentes. Al momento de iniciar el contrato, se debe aplicar la norma vigente para la ejecución de la actividad, la cual será de obligatorio cumplimiento«, halló este periódico dentro del texto que tiene en su poder.


De hecho, a renglón seguido se halló que el contratante, o sea, la ENEE, «tiene definida como política lograr la satisfacción del cliente a través de una interacción con total respeto, la prestación de un servicio de energía eléctrica confiable y de excelente calidad, siempre basado en el respeto de las leyes, resoluciones y normas aplicables, y por lo tanto constituye su obligación y la del personal a su cargo desarrollar las actividades
objeto del presente contrato con tales premisas».

En tanto, el contratista «debe presentar en su oferta la estructura técnico-administrativa recomendada en este documento, con la cual cubrirá el objeto del contrato; de tal forma que se garantice el cumplimiento total del mismo». Asimismo, el contratista, «debe garantizar presencia en los sectores donde la UTCD-ENEE requiera de acuerdo con el análisis comprendido por cantidad de población y efectividad de la recuperación de mora».

Se especifica en el documento, que sirve como una suerte de términos de referencia, que el contratista «asegurará la oportuna y eficiente atención de las Órdenes de Trabajo que le sean asignadas y entregadas por la UTCD-ENEE con el objetivo de reducir o evitar las pérdidas de energía».


Quien gane la licitación, que se realizará el próximo 25 de octubre, deberá instalar en cada región que le asigne la ENEE una sede operativa que incluya almacén y un centro de gestión de órdenes de trabajo… además deberá contar con una distribución geográfica de las cuadrillas, mínimo dos puntos focalizados de acuerdo a las zonas con mayor densidad de candidatos a corte que se generen en las regiones donde operarán. 


El contratista está en la obligación de contemplar en el valor de su oferta los costos asociados y con las características exigidas por UTCD-ENEE de los vehículos, gasto combustible, mantenimiento, seguros, herramienta, dotación, materiales consumibles, y demás aspectos logísticos y administrativos que son necesarios y que tiene que incluir en la estructuración de su oferta.

Entre las obligaciones que el ganador deberá tener están que el servicio suministrado debe cumplir con los criterios técnicos en conformidad a las especificaciones técnicas que se encuentran en las Condiciones Específicas de Contratación; reemplazar cualquier equipo de protección personal y/o herramientas en caso
de que UTCD-ENEE observe defectos, falencias, uso previo del mismo, alteraciones en la calidad, incumplimientos a las especificaciones técnicas, falta de genuinidad o legitimidad de este, o que UTCD-ENEE, observe cualidades que afecten o puedan afectar el normal desempeño de sus funciones, entre otros.


El suministro que preste el oferente y que deberá estar incluido en el contrato será supervisado directamente por personal de UTCD, quienes designará a las personas naturales o empresas que fungirán como supervisores del contrato. «El Supervisor del Contrato de UTCD-ENEE tendrá el objetivo de verificar el cumplimiento de las obligaciones contractuales del contratista».


En cuanto al papel del supervisor del contrato «estará a cargo de gestionar lo siguiente: firmar el Acta de Inicio, extender las Órdenes de Compra, control y seguimiento a la ejecución del suministro, concertar el cronograma, hacer los pedidos o solicitudes, firmar las Actas o Certificaciones de Pago, de avance y/o
de evaluación del contratista, gestionar las modificaciones del contrato, suspender, reiniciar, tomar acciones preventivas y correctivas, aplicación de las medidas de sanción u otras de acuerdo al contrato, firma del acta de recepción Acta de Recepción Definitiva, liquidación del contrato, realizar el control de las pólizas del
contrato, así como cualquier otra que se exprese en el contrato».

No obstante, el contratista podrá nombrar un superintendente, que será la persona con la cual el Supervisor del Contrato de UTCD-ENEE canalizará todos los temas técnicos de ejecución del contrato.

ENEE OFICIALIZARÁ TERCERIZACIÓN DEL SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN. La ENEE, por su parte, de acuerdo al pliego de condiciones, especificó que los procesos de contratación «de la Unidad Técnica de Control de Distribución y Flujo Financiero (UTCD) son públicos y abiertos».

Toda empresa, sea nacional o internacional -detalla-, podrá acceder a la página web de UTCD-ENEE para
visualizar el contenido, los requerimientos, condiciones y el proceso de interés.

De igual modo, la estatal indicó que en la inscripción al proceso de licitación, consiste en la preinscripción a través de la web, el cual finalizará el 25 de octubre a las cinco de la tarde y «en el caso de que el oferente decida ofertar en consorcio u otro tipo de convenio de participación entre dos o más sociedades mercantiles, se deberá realizar el auto registro en nuestra plataforma con el nombre del consorcio, e informar vía
una carta formal» a la institución.

Y en caso que los interesados en participar en la selección del proveedor privado del servicio de distribución y requieran aclaraciones y preguntas, «estas se deberán hacer de la manera más concreta y clara posible, en el
formato proporcionado por UTCD-ENEE que se detalla en la Sección 7 Anexos de este documento, a más tardar el 16 de octubre a las 3:00 p.m. hora local de Honduras».

Quien quiera ganar la tercerización del servicio de distribución está obligado a apegarse a las condiciones que impuso la estatal eléctrica en el sentido que para legalizar los documentos del oferente u oferentes que resulten elegibles, deberán deberán presentar dos certificados de autenticidad: uno para autenticar las copias y otro para autenticar las firmas de documentos que deban presentarse.

En el caso de que la empresa fuese extranjera, escritura de constitución con todas sus reformas, debidamente registradas en el registro mercantil del país, así como Registro Tributario Nacional (RTN) o Número de Identidad Tributaria (NIT) o el aplicable en cada país de origen.

En tanto, los oferentes deberán presentar junto con su oferta los balances generales y estados de resultado de los últimos dos años e intermedios, refrendados por un contador público y para los extranjeros balances en dólares. «La UTCD-ENEE reconoce que, con motivo del presente proceso, la documentación financiera que se reciba es estrictamente confidencial, y únicamente será utilizada para fines de este, por lo que se obliga a adoptar las medidas necesarias y procedentes para guardar absoluto secreto y confidencialidad, respecto de la
información recibida por parte de los oferentes».

ENEE SE RESERVARÁ DERECHOS SOBRE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO A OPERADOR PRIVADO. El extenso documento analizado por El Pulso concluye que la adjudicación de la oferta se hará mediante «una comunicación que emita UTCD-ENEE al oferente elegible que cumplió con todo lo requerido  y que después de la evaluación, resultó en la mejor opción para los intereses de UTCD-ENEE con relación a lo técnico, económico y legal».


«La notificación respectiva la efectuará oportunamente el Comité Evaluador a todos los oferentes. La adjudicación se notificará en un plazo no menor de diez (10) días hábiles ni mayor de noventa (90) días, contados a partir de la fecha de apertura de ofertas», reza en otro de los apartados.


Sobre las adjudicaciones parciales, la estatal «se reserva el derecho de adjudicar parcial o totalmente el alcance de este contrato a uno o varios contratistas si así conviene a sus intereses».

Acerca de la notificación de adjudicación de la oferta, se requerirá por escrito al representante legal del oferente adjudicado para que dentro del plazo de quince (15) días calendario proceda a la firma del contrato. También deberá entregar la garantía de cumplimiento del contrato, pólizas y/o demás documentos requeridos
para formalizar el contrato. «Si el oferente adjudicado da inicio al contrato sin haber formalizado el contrato y/o presentado dichos documentos, será a su propia cuenta y riesgo».

En el proceso de la tercerización del servicio de distribución, se especificó que una Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al diez por ciento por ciento del valor anual del contrato, «la cual servirá para responder por el cumplimiento de las obligaciones y condiciones del contratista para con
UTCD-ENEE derivadas del contrato; la vigencia de la garantía será de 1 año, pero el contratista deberá mantenerla vigente durante la vigencia del contrato».

Por último, la terminación del contrato con el proveedor «tendrá lugar por cualquier de las siguientes… Incumplimiento de cualquier de las obligaciones estipuladas en el contrato; insolvencia evidente del contratista, declaratoria de quiebra mercantil o inicio de un proceso de disolución o liquidación, esto último salvo tratándose de fusiones, reconstituciones o recomposiciones accionarios de activos».

«Incumplimiento por parte del contratista de los requisitos, obligaciones, términos y condiciones de capacidad técnica y conducta; cualquier acto u omisión que cause daño y/o perjuicio al patrimonio, imagen
y/o reputación de UTCD-ENEE, sea o no con relación a la ejecución del presente contrato; mutuo acuerdo», entre otros.

ENEE SE LAVA LAS MANOS EN TERCERIZACIÓN. Sin embargo, el gerente de la ENEE, Erick Tejada, salió al paso de este hecho al sostener que no habrá privatización del servicio de distribución, caso igual ocurrió con la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), cuyo titular Virgilio Padilla desestimó cualquier intento de dar a privados las funciones que recuperó la estatal tras el cese de la concesión a EEH.

 

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